La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) clasifica a quienes generan residuos peligrosos según la cantidad que producen. De esa categoría dependen tus trámites y lo que te pueden pedir en una inspección. Si eres gran generador de residuos peligrosos, las exigencias son mayores.
Las tres categorías
| Categoría | Generación de residuos peligrosos |
|---|---|
| Microgenerador | Hasta 400 kg al año |
| Pequeño generador | Más de 400 kg y menos de 10 toneladas al año |
| Gran generador | 10 toneladas o más al año |
El cálculo se hace sumando todos los residuos peligrosos del establecimiento en un año: aceites, estopas, envases contaminados, lámparas, baterías, lodos, etc.
Obligaciones principales
Microgenerador
Registro ante la autoridad que corresponda, identificación y envasado de sus residuos y entrega a prestadores autorizados.
Pequeño generador
Registro ante SEMARNAT, bitácora de generación, almacén temporal en condiciones adecuadas, manifiestos de entrega–transporte–recepción y entrega solo a empresas autorizadas.
Gran generador
Todo lo anterior, más plan de manejo registrado, reporte anual a través de la Cédula de Operación Anual y, en general, un nivel de revisión más detallado en inspección.
Qué revisa PROFEPA en una visita
- Constancia de registro y categoría actualizada.
- Bitácora y manifiestos de los últimos años.
- Condiciones del almacén temporal: piso, ventilación, señalización, contención.
- Autorizaciones vigentes de transportistas y destinos finales.
Un caso típico es la empresa que se registró como pequeño generador hace años y hoy, con más producción, ya es gran generador sin haber actualizado su registro ni su plan de manejo.
¿Necesitas ayuda?
Calculamos tu categoría real, actualizamos tu registro y preparamos el plan de manejo si te corresponde. Revisa nuestro servicio de gestión integral de residuos o atención a inspecciones de PROFEPA.
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